08 d’agost 2004

El Plan Territorial impone medidas contra el urbanismo ilegal en rústico

Incluye la exigencia expresa de una casa por parcela, con diseño "inequívoco" unifamiliar que no oculte más de una vivienda
(Diario de Mallorca, 8/08/2004)

ANTÒNIA ARTIGUES. PALMA.

La redacción definitiva del Plan Territorial de Mallorca, que será sometido a votación el próximo mes de noviembre, incluye medidas destinadas a combatir el fraude urbanístico en suelo rústico y mantiene (con la excepción de la equiparación de la parcela mínima para viviendas en las Áreas de Interés Agrario a los 14.000 metros cuadrados del suelo rústico común) las restricciones y condiciones de integración paisajística para construir en este suelo.
Según ha explicado el conseller de Ordenación del Territorio del Consell, Bartomeu Vicens, se ha introducido la exigencia "expresa" de que únicamente pueda construirse una vivienda unifamiliar por parcela y, además, la viabilidad de la construcción quedará ligada -según se lee en el texto del PT- a que "el programa de distribución del conjunto de dependencias sea inequívoco para una única vivienda unifamiliar". Asimismo, se impide también la posibilidad de construcciones separadas de la edificación principal.
La referencia a una única vivienda unifamiliar por parcela se ha incorporado ante la detección, por parte de los servicios de disciplina urbanística del Consell, de casos en los que se presentaba, como proyecto de una vivienda unifamiliar, una construcción con numerosas habitaciones y baños o un extraño número de cocinas que, en realidad, escondían apartamentos, que, incluso en algunos supuestos, se destinaban posteriormente a oferta turística.
En la misma línea, se quieren evitar otros supuestos de fraude, como plantear una vivienda en bloques separados que posteriormente "se convertían" en viviendas independientes.
La superficie máxima construida queda limitada al 3% del total de la parcela en rústico común y al 2% en protegido. Inicialmente se había bajado la limitación al 1% y 2% respectivamente, pero en el texto definitivo se vuelve a lo máximos que fija la Llei de sól rústic. La ocupación máxima queda en el 3% en protegido y del 4% en común.

Agroturismos en ANEI

Tal y como ya se recogía en el texto inicial, queda prohibida la construcción en el suelo rústico de máxima protección (Áreas Naturales de Especial Interés, de Alto Nivel de Protección y de Rurales de Interés Paisajístico Boscoso). En suelo rústico forestal y Área rural de Interés Paisajístico, la parcela mínima se eleva de los 30.000 a los 50.000 metros cuadrados; en rústico común se mantiene en los 14.000 metros cuadrados y se introduce un cambio "a la baja" en las Áreas de Interés Agrario, pues se pasa de 28.000 previstos en el texto inicial a 14.000 metros cuadrados en el definitivo.
El conseller Vicens señala que el cambio se ha introducido a petición de los representantes del sector agrario y que no entiende que entrañe ningún riesgo de protección.
Igualmente, atendiendo a alegaciones de las patronales y asociaciones agrarias, y también del Govern, se abre la posibilidad de que incluso en las zonas ANEI y ARIP, siempre en construcciones ya existentes, pueda desarrollarse actividad industrial de transformación agrícola. En este sentido, Vicens resalta que esa actividad se limita a productos que genere la propia explotación. Asimismo, construcciones ya existentes podrán destinarse a agroturismos. Las possessions quedan reservadas para oferta turística de cinco estrellas.

Límites a las reformas y ampliaciones de casas de campo

Con la misma intención de evitar el fraude urbanístico en suelo rústico, el PT indica que sólo podrán ampliarse o reformarse viviendas de una superficie mínima de 35 metros cuadrados. Sin embargo, en este punto se ha rebajado la exigencia inicial, que se fijaba en 50. Asimismo, se prohíbe cualquier reforma que afecte a la estructura de la vivienda, que dejará de considerarse como tal.